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Circular 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015

La Fiscalía General del Estado ha publicado la Circular nº 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015. Especial atención cabe prestar a lo afirmado en relación a la responsabilidad penal de los Colegios Profesionales, así como al régimen de exención de responsabilidad penal de las personas jurídicas: los modelos de organización y gestión (pág. 336 y siguientes).

 La Asesoría Jurídica del Consejo General no comparte la interpretación recogida en dicha Circular en relación a la extensión de la responsabilidad de los Colegios profesionales tanto a las funciones públicas como privadas que desarrolla, debiendo limitarse tal responsabilidad solo a las funciones privadas en consonancia con lo establecido en el art. 31 quinquies del Condigo Penal y con el criterio mantenido por la propia Fiscalía General del Estado en su anterior Circular 1/2001.

https://www.fiscal.es/fiscal/PA_WebApp_SGNTJ_NFIS/descarga/CIRCULAR%201-2016%20-%20PERSONAS%20JUR%C3%8DDICAS.pdf?idFile=cc42d8fd-09e1-4f5b-b38a-447f4f63a041

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