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Circular 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015
La Fiscalía General del Estado ha publicado la Circular nº 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015. Especial atención cabe prestar a lo afirmado en relación a la responsabilidad penal de los Colegios Profesionales, así como al régimen de exención de responsabilidad penal de las personas jurídicas: los modelos de organización y gestión (pág. 336 y siguientes).
La Asesoría Jurídica del Consejo General no comparte la interpretación recogida en dicha Circular en relación a la extensión de la responsabilidad de los Colegios profesionales tanto a las funciones públicas como privadas que desarrolla, debiendo limitarse tal responsabilidad solo a las funciones privadas en consonancia con lo establecido en el art. 31 quinquies del Condigo Penal y con el criterio mantenido por la propia Fiscalía General del Estado en su anterior Circular 1/2001.