Aprobado el Real Decreto-Ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables

Este texto legal establece la obligatoriedad de que todos los edificios de uso distinto al residencial privado existentes y los estacionamientos existentes no adscritos a edificios cumplan con unas dotaciones mínimas de recarga de vehículos eléctricos.

Antes del 1 de enero de 2023, estos edificios, siempre que no estén protegidos por se parte de un entorno declarado o por su valor arquitectónico, deberán contar con:

  • Una estación de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 1.000 plazas, y una estación de recarga más por cada 100 plazas adicionales o fracción.
  • En los edificios de la Administración General del Estado, una estación de recarga por cada 20 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 500 plazas, y una estación de recarga más por cada 100 plazas adicionales o fracción.

Asimismo, esta dotación de puntos de recarga se complementará con las dotaciones mínimas de infraestructuras de recarga que determinará la modificación del Código Técnico de la Edificación actualmente en tramitación para los edificios de nueva construcción y para determinadas intervenciones en edificios existentes.

 

Publicado el RD 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Este Real Decreto regula 6 programas de ayuda a la rehabilitación energética y construcción de vivienda social, asignando las dotaciones presupuestarias para cada uno de ellos en los próximos años, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Los 6 programas son:

1.    Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.

2.    Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación

3.    Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.

4.    Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en  viviendas.

5.    Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la  rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación

6.    Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios  energéticamente eficientes.

También incluye el reparto presupuestario para cada una de las Comunidades Autónomas, que deben redactar las propuestas de actuaciones que deseen financiar con cargo al programa, a través de la normativa reguladora pertinente.

Puedes consultar el texto completo del RD aquí.