Nuevo comentario en el DB SUA sobre previsión de elementos de seguridad
en trabajos de mantenimiento de cubiertas
Después
de la actualización del documento de comentarios de este
Documento Básico del Código Técnico de la Edificación, se
lee lo siguiente en referencia a las medidas de seguridad a
proyectar para posteriores trabajos de mantenimiento de
cubiertas en edificación:
“Aplicación del DB SUA a
elementos de uso exclusivo para mantenimiento, inspección,
reparaciones, etc.
Conviene recordar que el ámbito de
aplicación del DB SUA no incluye los elementos del edificio
cuyo uso estéreservado a personal especializado de
mantenimiento, inspección, reparación, etc., ya que dichas
personas no se consideran “usuarios del edificio”, que son
los contemplados en el objeto del requisito básico
“Seguridadde utilización y accesibilidad”. Dichos elementos
deben cumplir la reglamentación de seguridad en eltrabajo que
en cada caso les sea aplicable. En particular, cabe destacar que
el Real Decreto 1627/1997, de24 de octubre, por el que se
establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las
obras de construcción,establece, en sus artículos 5.6, 6.3 y
8, la obligación de que los proyectistas consideren los
principiosgenerales de prevención en materia de seguridad y
salud laboral en la elaboración del proyecto de
obra;contemplando, asimismo, las previsiones y las informaciones
útiles para efectuar en su día, en las debidascondiciones de
seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores. También
se tendrán en cuenta entreotros los requisitos del Real Decreto
486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las
disposiciones mínimasde seguridad y salud en los lugares de
trabajo y los del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por
elque se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y
salud para la utilización por los trabajadores delos equipos de
trabajo.
Así, las
cubiertas han de diseñarse y contar con aquellos elementos,
dispositivos y sistemas de protecciónque sean precisos para que
las labores de inspección y mantenimiento de las mismas se
puedan realizar encondiciones de seguridad. Para más
información, véanse las Guías Técnicas publicadas por el
Instituto Nacionalde Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo
(INSSBT).”
Consulta
todos los nuevos cambios en:
https://www.codigotecnico.org/images/stories/pdf/seguridadUtilizacion/DccSUA.pdf
El proyecto de RD por
el que se modifica el RD 314/2006 en proceso de información pública
Principalmente,
el Código Técnico aborda con esta actualización el
imprescindible paso hacia la definición prestacional de cómo
deben ser los edificios EECN. Se modifican por tanto los
Documentos Básicos relacionados con el Ahorro de Energía (DB-HE)
de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Europea 2010/31/UE de
eficiencia energética de edificios en cuanto a la revisión
periódica de requisitos.
Además,
también incluye en esta modificación de RD la inclusión de un
nuevo Documento Básico de Salubridad, DB HS 6, relativo a la
exposición al Radón con las actuaciones a llevar a cabo en las
zonas con gran potencial de estar afectadas por este elemento
perjudicial para la salud.
Por
último, se han realizado cambios en el DB SI para limitar
adecuadamente la propagación de incendios por el exterior de
los edificios, estando en consonancia con las posibles
soluciones que los técnicos aporten para satisfacer los nuevos
documentos de ahorro de energía.
Puedes
consultar todos los documentos modificados y otra información
de interés en la web del Código Técnico en el siguiente link:
https://www.codigotecnico.org/index.php/menu-documentos-complementarios/357-proyecto-modificacion-cte-julio-2018.html
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