Se
consignan seguidamente algunos datos que reflejan, parcialmente, la
actividad desarrollada por la Secretaría General del Consejo a lo largo
de 2017:
Escritos
de entrada y salida
En 2017 causaron
“entrada” en la Secretaría General del Consejo un total de 1.294
documentos, registrándose la “salida” de
un total de 652 escritos.
[Nota: los envíos masivos
se computan como uno sólo. No se computan los correos electrónicos
remitidos, que se cuentan por centenas]
Recursos
administrativos
A
lo largo del presente
ejercicio se han presentado cinco recursos de alzada.
Tres
de ellos, formulados
por los Colegios de Alicante, Murcia y Valencia, impugnaron el acuerdo
de la Junta de Gobierno del Consejo General, de 3 de febrero de 2017,
por el que se procedió a “Elevar a la Asamblea General para su
discusión y votación, el Proyecto de Estatutos Generales de la
Corporación que fuera remitido a todos los Colegios mediante oficio nº
607, de 27 de diciembre de 2016”. Los recursos, acumulados, fueron
inadmitidos.
El cuarto recurso fue
formulado por una candidatura en el proceso electoral habido en el
Colegio de A Coruña, si bien el recurrente procedió a desistir antes
de su resolución.
El quinto y último
recurso, que fue desestimado, se formuló por la Comunidad de
Propietarios de un edificio de Logroño contra resolución del Colegio
de La Rioja en materia de mala praxis profesional.
Movimiento
colegial
-
El censo a finales de 2017 era de
50.103
colegiados. En los últimos doce meses se ha producido una disminución
en el censo de 337 colegiados (-0,66%). A finales de 2011 contábamos
con 56.294. Fue en 2010 cuando alcanzamos el mayor número, con 57.381.
La diferencia de entonces a hoy es de 7.278 colegiados, lo que supone
una disminución de un 12,68% en el censo colegial.
-
Un 79,27% (39.717) del colectivo actual
son varones, y mujeres el restante 20,73% (10.386). La relación hace
diecisiete años (noviembre de 2000) era de 85,2% hombres frente a 14,7%
mujeres.
-
Asimismo, a finales de octubre de 2017
constaban en el censo de colegiados un total de 10.221 compañeros
adscritos a algún Colegio en calidad de “Colegiados no residentes”,
apreciándose la tendencia al mantenimiento de esta figura.
Reuniones
A lo largo
de 2017 se han
celebrado las siguientes reuniones de los órganos de gobierno,
comisiones y grupos de trabajo de la Corporación:
Asamblea
General.
Ha celebrado las cinco reuniones previstas para 2017, todas ellas en la
sede de Musaat.
-
Se
reunió el 8 de abril, dedicándose la reunión en su mayor parte a
informar y debatir acerca de los distintos asuntos que ocupan y
preocupan a la profesión. Se procedió a aprobar una reforma puntual
del presupuesto y se incidió especialmente en el análisis de los
recursos contra el acuerdo de la Junta de Gobierno de 3 de febrero de
2017, elevando al Pleno el Proyecto de Estatutos Generales; en el
Convenio con el Grupo de Ciudades Patrimonio de la Humanidad de España;
en el seguro trienal; en la coordinación entre Colegios para la recepción
y tramitación de los visados intercolegiales, etc.
-
Los
días 12 y 13 de mayo celebró su segunda reunión anual, de carácter
extraordinario, en la que se procedió a aprobar la liquidación del
presupuesto ordinario del Consejo General y de la A.I.E. correspondiente
al ejercicio económico 2016 así como el Proyecto de Estatutos
Generales del Consejo General de la Arquitectura Técnica y de los
Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de España.
-
El
día 8 de julio tuvo lugar la tercera reunión, ésta ordinaria, en la
que además de los oportunos informes y debates sobre los distintos
temas de interés para la profesión, se debatió la propuesta formulada
por los presidentes de los Colegios de Barcelona, Lleida, Girona,
Tarragona y Terres de l´Ebre en relación con la posición de la
profesión ante el seguro trienal.
Asimismo, se procedió a la elección
de los siguientes órganos:
Comisión
de Deontología Profesional
Por
el Grupo de Consejeros de mayor antigüedad en la colegiación
Titulares
D.
Roberto Medín Guyatt (A Coruña)
D.
Julio Alonso González (Segovia)
Suplente
D.
Eduardo Cuevas Atienza (Albacete)
Por
el Grupo de Consejeros de menor antigüedad en la colegiación
Titulares
D.
Martín Pomares Mollá (Alicante)
D.
Diego Salas Collazos (Cáceres)
Suplente
D.
José Gilberto Fortes Morales (Fuerteventura)
Comisión
de Recursos
D.
Víctor Martos Pérez (Zaragoza)
D.
Agustín Mora Alonso (Araba)
D.
Pelayo Eyo Valladares (Pontevedra)
Dª.
Leonor Muñoz Pastrana (Málaga)
D.
Antonio Alonso Aguilera (Soria)
Junta
Electoral
Titulares
D.
Antonio Javier Núñez Núñez (Lugo)
D.
Miguel Manuel Castillo Martínez (Granada)
D.
Germán Martínez Fernández (Palencia)
D.
José Arcos Masa (Cádiz)
D.
Joaquín Antonio Suárez Colunga (Asturias)
Suplentes
D.
José Antonio de la Vega García (Toledo)
D.
José Juan Salvador Catalán (Teruel)
-
La
cuarta reunión del año tuvo lugar el pasado 7 de octubre. En la misma,
tras los habituales informes de los órganos unipersonales de la
corporación, se procedió a la elección de los tres restantes miembros
(suplentes) de la Junta Electoral, resultando electos Dª. Onelia Nóbrega
González (Lanzarote), D. José Luis Arias Moreno (Ciudad Real) y D.
Manuel Santana Peña (Gran Canaria).
También se adoptó el siguiente
acuerdo:
Proclamar, de conformidad con la declaración formal
en tal sentido formulada por la Mesa Electoral (Junta Electoral), como
candidatos para proveer la Presidencia del Consejo General, primera
vuelta electoral, a los siguientes colegiados:
D.
Alfredo Sanz Corma
D.
José Alberto Sánchez del Castillo
Finalmente
se procedió a la elección de las 4 vocalías electas de la Comisión
Ejecutiva del Consejo General, con el siguiente resultado:
Proclamar,
de conformidad con la declaración formal en tal sentido formulada por
la Mesa Electoral (Junta Electoral), como Vocales electos de la
Comisión Ejecutiva del Consejo General, a los siguientes Consejeros:
D.
Melchor Izquierdo Matilla
D. Eduardo Cuevas Atienza
D. Ángel Cabellud López
D. Diego Salas Collazos
VOTACIÓN
(Primera Votación)
A favor de D. Melchor Izquierdo Matilla (47 votos)
A favor de D. Eduardo Cuevas Atienza (36 votos)
A favor de D. Ángel Cabellud López (28 votos)
A favor de D. Diego Salas Collazos (26 votos)
A favor de D. Rafael Luna González (26 votos)
A favor de D. Iñaki Pérez Pérez (25 votos)
A favor de D. Roberto Medín Guyatt (16 votos)
(Segunda
votación de desempate entre los dos candidatos que han obtenido 26
votos)
A
favor de D. Diego Salas Collazos (28 votos)
A favor de D. Rafael Luna González (23 de votos)
En
blanco (3 votos)
-
En
la siguiente reunión, quinta y última, celebrada el 18 de noviembre,
tuvo lugar la segunda vuelta electoral en el proceso de elección del
Presidente del Consejo General. Como consecuencia de los resultados de
la votación, personal y secreta, que se reseña más abajo, se acordó:
Proclamar, de conformidad
con la declaración formal en tal sentido formulada por la Mesa
Electoral (Junta Electoral), como Presidente electo del Consejo General
de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, a D.
Alfredo Sanz Corma.
VOTACIÓN
D. Alfredo Sanz Corma
(28)
D. José Alberto Sánchez del Castillo (26)
Abstenciones
(1)
Interesa
reseñar ahora el siguiente punto, extraído del acta de la reunión de
la Comisión Ejecutiva celebrada el 30 de noviembre:
Constitución
de la Comisión Ejecutiva
Señala el Secretario
General que, de conformidad con lo establecido en el art. 54 del
Reglamento de Régimen Interior, los vocales de la Junta de Gobierno
toman posesión de sus cargos en la primera reunión que celebre el órgano
de gobierno al que se incorporan después de su elección o designación.
Añade que esta circunstancia afecta a los vocales de la Comisión
Ejecutiva que no vayan a ocupar los cargos de Vicepresidente, Secretario
General y Tesorero-Contador, los cuales deben tomar posesión en la
Junta de Gobierno prevista para mañana.
Dicho
lo anterior, interviene el Presidente para designar como vocales de la
Comisión Ejecutiva a los Consejeros Sr. Cabellud López, Sr. Salas
Collazos y Sr. Luna González, los cuales toman posesión de sus cargos
en éste acto. Anticipa, a su vez, que el cargo de Vicepresidente lo
ocupará el Sr. Izquierdo Matilla, el de Secretario General corresponderá
al Sr. Pérez Pérez y el de Tesorero-Contador al Sr. Cuevas Atienza.
Los
nuevos miembros de la Comisión Ejecutiva presentan sus perfiles
profesionales.
Asimismo
se procedió a la aprobación del Proyecto de presupuesto ordinario del
Consejo General y de la A.I.E. correspondiente al ejercicio económico
2018.
Como siempre, en las
citadas reuniones tanto el Presidente, Vicepresidente, Secretario
General y Tesorero-Contador, como los distintos Vocales de la Comisión
Ejecutiva, procedieron a informar de las cuestiones más importantes
relacionadas con la gestión de la Corporación y los intereses del
colectivo.
-
Junta de Gobierno,
celebró once reuniones, los días 13 de enero, 3 de febrero, 3 de
marzo, 7 de abril, 12 de mayo, 9 de junio, 7 de julio, 8 de septiembre,
6 de octubre, 17 de noviembre y 1 de diciembre. A las citadas reuniones
acudieron los representantes al efecto señalados por los Colegios de
las correspondientes Autonomías. Todas las reuniones se celebraron en
la sede del Consejo General.
-
Comisión Ejecutiva,
La Comisión Ejecutiva acometió su tarea a través de las siete
reuniones que ha celebrado hasta la fecha, los días 20 de enero, 17 de
febrero, 17 de marzo, 21 de abril, 26 de mayo, 22 de septiembre, 20 de
octubre, 17 de noviembre y 15 de diciembre. La de mayo se celebró en el
Colegio de Barcelona, y las demás en el Consejo General.
-
Grupo de Trabajo de Normativa
Corporativa.
Mantuvo reuniones presenciales los días 15 de febrero, 16 de marzo y 27
de abril.
-
Reunión Colegios pequeños y medianos.
Se reunió el 30 de marzo, en la sede de Premaat.
-
Grupo de Trabajo de Coordinación de
Acciones en Defensa de la Profesión. Se reunió en cinco ocasiones.
-
Comisión de Recursos.
Se reunió el 30 de marzo.
Negociación
Convenios
Al
igual que ha venido ocurriendo en los últimos años, el Secretario
General asumió personalmente las negociaciones para la renovación de
los convenios suscritos con el Ministerio de Fomento y con Double Trade Spain por medio de los cuales se facilitan determinados
datos sobre obras y materiales. A causa de las dificultades concurrentes
y por todos conocidas, en junio se convino en la improcedencia de
realizar liquidación en relación con los materiales durante el período
que abarca de julio de 2016 a junio de 2017, siguiendo vigente el
contrato con relación a la información de visados. De esta manera, y
una vez que se resuelvan las incidencias en la frecuencia de los envíos
de la información derivada de los visados, procederíamos de nuevo al cálculo
del coste de materiales, de acuerdo a la adenda del contrato que nos
une, firmada en abril de 2016.
Asimismo,
en abril se procedió a suscribir una adenda al convenio marco de
colaboración entre el CGATE y la Fundación Laboral de la Construcción,
la cual tiene por objeto difundir e incentivar el uso de los servicios
de la plataforma “Entorno BIM”.
Se
procedió también a la firma del Acuerdo Marco de Colaboración entre RICS
(Royal Institution of
Chartered Surveyors) y CGATE.
Igualmente se celebró un
concierto con la AEEBC por medio del cual el Consejo gestionará en España
la Tarjeta EurBE.
De igual forma, se celebró
contrato con una productora audiovisual para la elaboración de vídeos
corporativos del CGATE.
Finalmente, se suscribió
un convenio con la Universidad de Granada con el objetivo de recopilar,
ordenar y promocionar la producción técnico-científica de los
arquitectos técnicos, desarrollando un repositorio sistematizado en el
que compendiar las tesis doctorales y artículos de divulgación científica
suscritos por aparejadores y arquitectos técnicos.
Informes
y consultas evacuadas
Además
del asesoramiento a la Presidencia, Secretaría General, órganos de
gobierno del Consejo y Comisiones o grupos de trabajo, así como el
despacho de los asuntos y de la correspondencia derivada de la actividad
de la Corporación, la Asesoría Jurídica del Consejo General realiza
una amplia labor de asesoramiento jurídico en el ámbito externo. A lo
largo de los primeros cinco meses del año se han evacuado, por escrito,
múltiples notas o informes relativos a nueva legislación o normativa
de aplicación a la profesión, a resoluciones judiciales o a diferentes
temas de interés profesional, y dirigidos a los Colegios.
Entre
otras actuaciones, resaltamos las siguientes notas o informes:
-
El
Tribunal Supremo no da la razón a los ingenieros técnicos e ingenieros
en la posibilidad de realizar los informes de evaluación de edificios.
-
Sentencia
del TSJ de Aragón declarando acorde a derecho la convocatoria de una
plaza de Jefe de Sección de Servicios e Infraestructuras del Ayto. de
Jaca ofrecida tanto a Arquitectos Técnicos como a Ingenieros Técnicos.
-
Propuesta
de Escritos a remitir a los Ayuntamientos reiterando la exigencia de
Proyecto o Memoria Técnica en las intervenciones en edificios
existentes que no alteran la configuración arquitectónica del
edificio.
-
Propuesta
de asignaturas a incluir en los planes de estudio habilitantes para la
profesión de Arquitecto Técnico.
-
El TEAC
fija como criterio que las rentas procedentes de la actividad de visado
desarrollada por los Colegios Profesionales no están exentas del
Impuesto sobre Sociedades al constituir dicha actividad una explotación
económica.
-
Sentencia
que declara competentes a los Arquitectos Técnicos para suscribir
Proyectos de Rehabilitación de Viviendas.
-
Propuesta
de escrito de acciones para instar el nombramiento de técnico
competente como Coordinador de Seguridad y Salud.
-
Normativa
supletoria para la celebración de las elecciones de renovación
estatutaria de las juntas de gobierno de los colegios -con excepción de
los de Cataluña-.
-
Sentencia
pago de primas RC a asalariados.
-
Sentencia
del Tribunal Supremo, de 8 de noviembre de 2016, sobre la protección de
la Marca Administrador de Fincas.
-
Notas
sucintas sobre los recursos acumulados 1, 2 y 3/2017 y sobre el 4/2017.
Informe sobre el primero de ellos.
-
Reseña
sobre la IV y V Jornadas de “Colegios PYME”.
-
Informe
sobre sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de
San Sebastián-Donostia, de 14 de febrero de 2017, que declara la
conformidad a derecho de la licencia otorgada por el Ayuntamiento de
dicha capital para una obra menor para la reparación de cubierta y
fachadas de un edificio de viviendas, todo ello en base a documentación
suscrita por Arquitecto Técnico.
-
Informe
en el que se analiza el marco normativo de aplicación en supuesto de
publicidad ilícita.
-
Modificación
en el cómputo de los plazos que prevé nuestra normativa corporativa.
Distinción entre “días hábiles” y “días naturales”.
-
Artículo
sobre la interpretación de la sentencia del TS en relación con el RD
de Auditoría Energética.
-
El
Tribunal Superior de Justicia de Canarias declara ajustada a Derecho la
Relación de Puesto de Trabajo de Arquitecto Técnico para la Gerencia
Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
-
Alegaciones
del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España al Borrador
de R.D. por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
-
Resumen
de la normativa reguladora de las elecciones a Junta Electoral, Comisión
Deontológica y Comisión de Recursos.
-
Informe
sobre el Real Decreto 581/2017, de
9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español
la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de
noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE
relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el
Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa
a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento
IMI).
-
Diversos
informes evacuando consultas relacionadas con los procesos electorales
habidos en los Colegios.
-
Informe
sobre las ilegalidades denunciadas en la tramitación y en el texto del
Proyecto de Estatutos Generales.
-
Acciones
a realizar para poner en conocimiento de la Administración la
improcedencia de distinguir entre Titulados Superiores y Titulados
Medios en la Ordenación del Empleo Público (Ofertas Públicas de
Empleo, Relación de Puestos de Trabajo, etc.) y el Acceso de los Grados
al Grupo A, subgrupos A1 y A2, del Empleo Público.
-
Obligaciones
de los Ayuntamientos de comprobar la contratación/intervención de
arquitecto técnico como DEO en las obras de edificación.
-
Escritos
conjuntos del CGATE y CSCAE al COGITI.
-
El
acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública.
-
La
Inspección de Trabajo y la Seguridad y Salud en las obras de edificación
(artículo para Cercha).
-
Obligatoriedad
de colegiación.
-
Rechazo
por la Junta General de Colegiados de la liquidación del presupuesto
presentada por la Junta de Gobierno.
-
Sentencia
pago de primas RC a asalariados.
-
El TEAC
fija como criterio que las rentas procedentes de la actividad de visado
desarrollada por los Colegios Profesionales no están exentas del
Impuesto sobre Sociedades al constituir dicha actividad una explotación
económica.
-
Inscripción
en el listado de peritos de colegiado de otra demarcación.
-
Los
Arquitectos Técnicos y la certificación de la eficiencia energética
de los edificios.
-
Etc.
Especial
mención merece el trabajo llevada a cabo por la Asesoría Jurídica en
el análisis técnico jurídico de las alegaciones formuladas por los
Colegios al Anteproyecto de Estatutos Generales de la Corporación.
Impugnación
de O.M. de homologación de titulaciones extranjeras
En 2017
se interpusieron
dos recursos contencioso-administrativos, contra otros tantos Acuerdos
del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por los que dos títulos
argentinos de Arquitecto fueron homologados al título universitario
oficial español de Arquitecto Técnico.
En el primero de ellos
recayó sentencia de la Audiencia Nacional, de 24/05/2018, estimando el
recurso y anulando la homologación. La sentencia ha sido recurrida en
casación, por lo que habremos de estar al pronunciamiento del Tribunal
Supremo.
El segundo recurso esta
concluso y visto para sentencia de la Audiencia Nacional.
Mediante sentencia del
pasado 4 de mayo, la Audiencia Nacional procedió a anular otra
homologación del mismo título argentino, estimando así nuestro
recurso, interpuesto en un ejercicio anterior.
Otros
procedimientos judiciales en tramitación
Al
margen de los procedimientos judiciales anteriormente relacionados,
incoados contra homologaciones o reconocimientos de títulos practicados
por el Ministerio de Educación o de Fomento, la Asesoría Jurídica
asume la dirección letrada de otros procedimientos anteriores, ante
distintas instancias jurisdiccionales:
-
Recurso contencioso-administrativo del
CGATE contra la Resolución de 11 de mayo de 2017, de la Secretaría
General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo
de Universidades de 10 de mayo de 2017, por el que se ordenan las enseñanzas
universitarias oficiales de Grado.
Mediante
sentencia de 24-4-2018 el TSJ de Madrid desestimó nuestro recurso.
-
Personación recurso contencioso
administrativo interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales
de Graduados de la rama Industrial de la Ingeniería, Ingenieros Técnicos
Industriales y Peritos Industriales de España, contra el Real Decreto
702/2017, de 7 de julio, que aprueba la oferta de empleo público para
2017. En
mayo de 2018, y tras formalizar la demanda, el COGITI desistió de su
pretensión.
-
Recurso contencioso-administrativo del
CGATE contra la Resolución de 6 de julio de 2017, de la Subsecretaría
del Ministerio de Fomento, por la que se convoca concurso específico
para la provisión de puestos de trabajo. Tras
declararse competente el TSJ de Madrid para conocer del asunto, se
formalizó la demanda. Y, tras desestimarse la excepción procesal
formulada por la Abogacía del Estado, se está a la espera de que
conteste la demanda.
-
Personación en recurso interpuesto
por la CNMC, ante la Audiencia Nacional, contra el Decreto de la
Generalitat de Cataluña 67/2015, de 5 de mayo, para el fomento del
deber de conservación, mantenimiento y rehabilitación de los edificios
de viviendas mediante las inspecciones técnicas y el libro del
edificio. Se
procedió a contestar a la demanda en septiembre de 2016. Y en
septiembre de 2017 se evacuaron las oportunas alegaciones respecto de la
incidencia en el presente procedimiento de la sentencia del Pleno del
Tribunal Constitucional de 22 de junio de 2017, por la cual se acuerda
declarar inconstitucional y, por tanto, nulas, las letras b), c) y e)
del apartado 2 de artículo 18, así como los arts. 19 y 20 y la
disposición adicional décima de la Ley 20/2013 de garantía de la
unidad de mercado. Procedimiento paralizado desde entonces.
-
Personación en el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia contra el Acuerdo de la Junta Local de
Gobierno del Ayuntamiento de Santa Pola (Alicante), de 23 de octubre de
2015, confirmado mediante Acuerdo posterior de 27 de noviembre de 2015,
por los que se inadmitió un informe de evaluación de edificios
para uso residencial por falta de competencia del técnico que lo
suscribía (ingeniero técnico industrial). Pendiente señalamiento para votación y fallo.
-
Personación del Consejo General en el
recurso contencioso-administrativo 4332/2016, formulado, ante la Sala
Tercera, Sección Tercera del Tribunal Supremo, por el Consejo General
de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales
contra el contra Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se
transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo
referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de
servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del
suministro de energía.
Se
dictó sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo
Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia 732/2017 de 28 Abr.
2017, Rec. 4332/2016. La misma desestima el recurso, dirigido contra la
regulación de los requisitos necesarios para el ejercicio de las
actividades profesionales de Auditor Energético y proveedor de
servicios energéticos, entendiendo que no existe reserva de dichas
actividades respecto a los ITIS.
El
Tribunal Superior de Justicia de Canarias estimó el recurso de apelación
interpuesto por este Consejo General contra la sentencia del Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, que anuló
la relación de puestos de trabajo de la Gerencia Municipal de Urbanismo
del Ayto. de Santa Cruz de Tenerife, en lo referido a los puestos de
Arquitecto Técnico.
Asumiendo
la pretensión del Consejo Superior de Arquitectos, la sentencia en
primera instancia negaba cualquier tipo de competencia de los
Arquitectos Técnicos en materia de urbanismo, incluida la realización
de informes técnicos para la tramitación de licencias urbanísticas o
la redacción de proyectos de reparcelación. El
TSJ no comparte ese criterio, estima el recurso de apelación, revoca la
sentencia y desestima la demanda del CSCAE.
-
Personación en recurso
contencioso-administrativo interpuesto por el Consejo General de
Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales contra
la Resolución de la Universitat de les Illes Balears, del 1 de agosto
de 2013, por la cual se publica el cambio de denominación del título
de Graduado en Ingeniería de Edificación por el de Graduado en
Edificación.
En
diciembre de 2017 se notificó la sentencia, dictada por el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Palma de Mallorca, por medio de la
cual anula la resolución impugnada. Considera el Juzgador que “la ratio decidendí de las Sentencias de la Sala 3ª del Tribunal
Supremo es que induce a pensar que estos Arquitectos Técnicos tienen en
detrimento de otros profesionales una competencia exclusiva en materia
de edificación, lo que no se subsana sino que se agrava cuando se
utiliza exclusivamente la expresión edificación, con lo que no sólo
genera error respecto los ingenieros o ingenieros técnicos, habilitados
por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación
para ser proyectistas o directores de la obra sino respecto a los
Arquitectos Superiores (sic), en terminología de dicha ley”.
Así
las cosas, han de formularse las siguientes aclaraciones:
La sentencia se ha dictado en el único recurso que (s.e.u.o.) se ha
formulado contra las denominaciones de segunda generación de nuestro título
académico.
La anulación no afecta a la titulación de Graduado en Edificación de
las demás universidades que la imparten.
La anulación no alcanza a los títulos de Graduado en Edificación que
ya haya expedido la universidad de las Islas Baleares ni a las que en el
futuro puedan expedir las demás universidades.
Tanto
el Consejo General como la Universidad presentamos el oportuno recurso
de apelación ante el TSJ de las Islas Baleares, que señaló para
votación y fallo el 29 de junio de 2018. Se sigue a la espera del
oportuno pronunciamiento.
-
Personación en recurso interpuesto
por 2 arquitectos, “a título particular”, contra Resolución del
Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía que puso fin al
expediente sancionador en su día incoado al COA de Sevilla, declarando
que el mismo había infringido la Ley de Defensa de la Competencia
(terminación convencional expediente abierto a COAS y CACOA). Personado
también el CSCAE. Pendiente señalamiento para votación y fallo.
-
Personación en recurso del CSCAE
contra el Real Decreto 235/2013, de 5 abril, por el que se aprueba el
procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética
de los edificios. Sentencia
de 11/01/2017, desestimando el recurso del CSCAE, que, entre otros
pedimentos, pretendía ligar la capacidad para emitir los certificados a
la capacidad para proyectar según la Ley de Ordenación de la Edificación.
Reconocimiento
de titulaciones expedidas por países de la UE
Respecto a los titulados
provenientes de países de la UE, que pretenden el reconocimiento de su
título a través de la aplicación de la Directiva de Reconocimiento de
Cualificaciones Profesionales, a lo largo del presente ejercicio se han
informado seis expedientes tramitados ante el Ministerio de Fomento,
correspondientes a ciudadanos europeos poseedores de los títulos
extranjeros de Laurea in Ingegneria Edile (3, Italia, favorables), Diploma
de Architect (Rumanía, informe desfavorable), Diploma
de Inginer (Rumanía, se propone supeditar la homologación a período
de prácticas, actualmente en proceso) y BSc
in Architectural Technology and Construction Management (Dinamarca, favorable).
Información
de Expedientes de homologación de títulos
A lo largo del presente
ejercicio se han informado treinta expedientes del Ministerio de Educación
para la homologación de títulos extranjeros. En su mayoría de
arquitectos hispanoamericanos, por lo que los informes fueron negativos
en todos los casos.
Otras
actuaciones puntuales
Estatutos
Generales
En la Asamblea General
celebrada el día 13 de mayo, y tras un complejo y dilatado procedimiento
de tramitación, no exento de polémica, se procedió a la aprobación
de los nuevos Estatutos Generales. Desde que el grupo de trabajo al
efecto instituido iniciara su tarea a principios de 2014, bajo la
coordinación de D. David Marín García, la Asesoría Jurídica del
Consejo General ha venido asesorándolo y colaborando en la redacción
de los distintos textos alternativos.
Por su interés,
transcribimos la presentación que el Sr. Nieto Caldeiro realizara del
proyecto estatutario:
«La elaboración de unos nuevos Estatutos Generales o la
reforma de los existentes es ya un tema recurrente.
El texto vigente data del Real Decreto 1.471/1997, de 13 de
mayo con las modificaciones introducidas por Reales Decretos 497/1983,
de 16 de febrero; 542/2001, de 18 de mayo y la última el RD 1.639/2009,
de 30 de octubre.
Y digo que es un tema recurrente porque, como recordaréis,
en la Asamblea General celebrada el 9 de junio de 2007 se aprobó un
texto completo de Estatutos que se remitió al Ministerio, entonces de
Vivienda, para su aprobación, si bien y ante la paralización de su
tramitación en vía ministerial, se acordó en la Asamblea General de 8
de noviembre de 2008 retirar el texto presentado y aprobar una
modificación de los artículos correspondientes a la organización de
los Órganos del Consejo. Fruto de ello es, como dije al principio, el
último RD de 30 de octubre de 2009.
No obstante lo anterior, y atendiendo
las indicaciones formuladas en su día por el Ministerio de Economía y
Hacienda a los textos remitidos con anterioridad, se impulsó desde el
propio Consejo una nueva reforma de los Estatutos Generales para su
adaptación, en lo que fuere menester, a la normativa de transposición
al Derecho interno español de la Directiva 2006/123/CE, que concluyó
con la aprobación de un nuevo texto en la Asamblea General de 21 de
octubre de 2009 con una modificación puntual en la Asamblea General
celebrada de forma virtual el 8 de marzo de 2010.
Este nuevo texto se remitió nuevamente al
Ministerio de Vivienda para su aprobación y posterior promulgación
mediante Real Decreto. La situación política y económica de aquellas
fechas produjo que el texto aprobado volviera a dormir nuevamente en los
cajones del Ministerio.
Los primeros textos que aparecieron sobre la
que debía ser finalmente la Ley de Servicios y Colegios Profesionales
motivó que por esta Junta de Gobierno se acordara constituir un grupo
de trabajo para la adaptación de la normativa corporativa a los nuevos
marcos regulatorios, y así, en la reunión que celebramos el día 4 de
abril de 2014, quedó constituido este grupo de trabajo.
Para llevar a cabo el trabajo tomamos como
documento base el último texto aprobado en la Asamblea General de 8 de
marzo de 2010, que como dije antes recogía la normativa surgida de la
transposición al Derecho interno español de la Directiva 2006/123/CE.
Comenzamos incluyendo los aspectos novedosos
que aparecían en los últimos textos conocidos del Anteproyecto de Ley
de Servicios y Colegios Profesionales. No obstante, aplazada sine die su tramitación, eliminamos esos aspectos
incluidos que ya no nos obligaban, en particular los que nos parecían más
gravosos.
La parte, digamos, técnica, la concluimos en noviembre del
pasado año 2016, pero consideramos que la parte política fuera la
propia Junta de Gobierno que nos encomendó el trabajo, quien marcara
las líneas a seguir, y así se hizo en su reunión celebrada el 9 de
enero de este año 2017.
Con estas premisas seguimos trabajando y en la reunión que
celebramos el día 11 de junio dejamos concluido el trabajo y se
encomendó a la Asesoría Jurídica su sistematización para presentar
un texto completo y coherente. ¿Por qué digo esto? Porque el plan
trazado consistía en regular hasta el mínimo detalle sin distinguir
entre Estatutos y Reglamentos para, una vez concluido el texto, dejar en
Estatutos lo imprescindible, toda vez que su aprobación pasa porque el
Gobierno, mediante Real Decreto, lo apruebe y publique, y cualquier
modificación, por pequeña que fuera, pasaría por ello. Por el
contrario, el régimen reglamentario únicamente requiere su aprobación
por la Asamblea General, eso sí, con las mismas formalidades que la
aprobación de los Estatutos.
(…) Hemos mantenido la regulación de los colegios porque
es una exigencia legal, tanto en la vigente Ley de Colegios
Profesionales como en el último texto conocido del anteproyecto de Ley
de Servicios y Colegios Profesionales, indicando incluso en aquella qué
aspectos es necesario regular, aunque eliminamos el apartado de
elecciones que regulamos junto con las del Consejo en el Reglamento de Régimen
Electoral.
(…) Como dije antes, el texto del Reglamento de Régimen
Interior está concluido, si bien es necesario que se aprueben primero
los Estatutos y a continuación aprobar el Reglamento para evitar
divergencias.
Asimismo, el Reglamento de Régimen Electoral está prácticamente
elaborado, pero al igual que el anterior, esperemos a aprobar los
Estatutos Generales, para que al final resulte un todo único y
completo.»
Tras
la realización del trámite de consulta pública previa, el proyecto
estatutario se encuentra en fase de tramitación ante el Ministerio de
Fomento.
Convenio
CGATE-RICS
Tras un prolongado período
de negociaciones llevadas a cabo por el Gabinete Técnico bajo la
coordinación de D. Alfredo Sanz Corma, el pasado día 17 de febrero, y
tal como se aprobó en la Junta de Gobierno del día 2 de diciembre de
2016, se firmó el Acuerdo marco de colaboración entre el Consejo y
RICS (Royal Institution of Chartered Surveyors). En el informe
correspondiente al Área internacional se desarrolla la cuestión.
Elecciones
Especial
mención merece
el muy elevado número de consultas evacuadas en relación con los
procesos electorales habidos en los Colegios y en el Consejo General.
Otras
actuaciones
Sin
perjuicio de su
intervención en las actividades anteriormente reseñadas, a lo largo
del corriente año la Secretaría Técnica / Asesoría Jurídica de la
Corporación participó, preparó o colaboró en:
-
Asistencia a reuniones convocadas por Unión Profesional para analizar
diversas cuestiones de actualidad.
-
Elaboración
de las Actas y Certificaciones de las distintas reuniones celebradas por
la Corporación (Comisión Ejecutiva, Junta de Gobierno, Asamblea
General, Grupo de Colegio PYME…). Memoria Anual 2016 (apartado de Secretaría General).
-
Revisión
de convenios y contratos
-
Se
elaboró informe preparatorio para las reuniones del Grupo de Trabajo
para las relaciones CSCAE-CGATE.
-
Elaboración de los informes
del Área de Secretaría General para la Asamblea General.
-
Asesoramiento a la Comisión de
Recursos y tramitación formal de los correspondientes expedientes.
-
Estudio de las disposiciones de
la Unión Europea relacionadas con la aplicación del derecho de la
competencia a los servicios profesionales, participando activamente en
las reuniones habidas en el seno de Unión Profesional relacionadas con
la materia.
-
Informe y análisis de normativa y
resoluciones judiciales de todo orden.
-
Participación y colaboración con los
distintos Grupos de Trabajo del Consejo, a su requerimiento.
Además del asesoramiento
a los órganos de gobierno de la Corporación y de ostentar la
representación técnica del Consejo General en un buen número de
reuniones y foros, las actividades desarrolladas por el Gabinete Técnico
se reparten entre las distintas Áreas de Actividad de la Corporación
(Ejercicio profesional, Tecnología, Aplicación de la LOE, etc.), por
lo que serán expuestas en los informes correspondientes a dichas Áreas.
En 2017, bajo la tutela y
coordinación del Tesorero-Contador de la Corporación, y bajo la
dependencia orgánica de la Secretaría General, el Departamento de
Contabilidad, además de la labor ordinaria de control y gestión de la
actividad administrativa y contable generada en el período, ha
tramitado los siguientes asuntos:
-
Liquidaciones trimestrales y anuales ante la Agencia Tributaria.
-
Presentación
y liquidación de los Seguros Sociales.
-
Borrador Liquidación
del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016
y elaboración del presupuesto para 2018.
-
Respuestas a las cuestiones
planteadas por los Colegios.
-
Desarrollo económico del
Convenio con el Ministerio de Fomento sobre
visados de viviendas.
-
Colaboración en el Informe
de auditoría de los estados financieros
correspondientes al ejercicio 2016.
-
Confección y depósito de las Cuentas
Anuales de la A.I.E. en el
Registro Mercantil.
-
Control y gestión de
las operaciones
mercantiles, fiscales, contables,
etc. de la A.I.E.
-
Además de estas
gestiones, este
departamento ha mantenido un contacto directo y de
frecuencia mensual con sus homólogos de los Colegios, al objeto de
conseguir una permanente conciliación de saldos contables y ofrecerles
apoyo en materia tanto contable como fiscal en aquellas ocasiones en que
ha sido requerido para ello.
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