Nuevo comentario en el DB SUA sobre previsión de elementos de seguridad en trabajos de mantenimiento de cubiertas

Después de la actualización del documento de comentarios de este Documento Básico del Código Técnico de la Edificación, se lee lo siguiente en referencia a las medidas de seguridad a proyectar para posteriores trabajos de mantenimiento de cubiertas en edificación:

“Aplicación del DB SUA a elementos de uso exclusivo para mantenimiento, inspección, reparaciones, etc.

Conviene recordar que el ámbito de aplicación del DB SUA no incluye los elementos del edificio cuyo uso estéreservado a personal especializado de mantenimiento, inspección, reparación, etc., ya que dichas personas no se consideran “usuarios del edificio”, que son los contemplados en el objeto del requisito básico “Seguridadde utilización y accesibilidad”. Dichos elementos deben cumplir la reglamentación de seguridad en eltrabajo que en cada caso les sea aplicable. En particular, cabe destacar que el Real Decreto 1627/1997, de24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción,establece, en sus artículos 5.6, 6.3 y 8, la obligación de que los proyectistas consideren los principiosgenerales de prevención en materia de seguridad y salud laboral en la elaboración del proyecto de obra;contemplando, asimismo, las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidascondiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores. También se tendrán en cuenta entreotros los requisitos del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimasde seguridad y salud en los lugares de trabajo y los del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por elque se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores delos equipos de trabajo.

Así, las cubiertas han de diseñarse y contar con aquellos elementos, dispositivos y sistemas de protecciónque sean precisos para que las labores de inspección y mantenimiento de las mismas se puedan realizar encondiciones de seguridad. Para más información, véanse las Guías Técnicas publicadas por el Instituto Nacionalde Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo (INSSBT).”

Consulta todos los nuevos cambios en:

https://www.codigotecnico.org/images/stories/pdf/seguridadUtilizacion/DccSUA.pdf

 

El proyecto de RD por el que se modifica el RD 314/2006 en proceso de información pública

Principalmente, el Código Técnico aborda con esta actualización el imprescindible paso hacia la definición prestacional de cómo deben ser los edificios EECN. Se modifican por tanto los Documentos Básicos relacionados con el Ahorro de Energía (DB-HE) de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Europea 2010/31/UE de eficiencia energética de edificios en cuanto a la revisión periódica de requisitos.

Además, también incluye en esta modificación de RD la inclusión de un nuevo Documento Básico de Salubridad, DB HS 6, relativo a la exposición al Radón con las actuaciones a llevar a cabo en las zonas con gran potencial de estar afectadas por este elemento perjudicial para la salud.

Por último, se han realizado cambios en el DB SI para limitar adecuadamente la propagación de incendios por el exterior de los edificios, estando en consonancia con las posibles soluciones que los técnicos aporten para satisfacer los nuevos documentos de ahorro de energía.

Puedes consultar todos los documentos modificados y otra información de interés en la web del Código Técnico en el siguiente link:

https://www.codigotecnico.org/index.php/menu-documentos-complementarios/357-proyecto-modificacion-cte-julio-2018.html